El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre que fue condenado a dos años de prisión por abusar sexualmente de una niña de 5 años en Lobón porque no se tomó declaración a la menor ni en fase de instrucción ni durante el juicio. La Sala de lo Penal ha estimado el recurso del acusado y anula la sentencia dictada el pasado febrero por la Audiencia Provincial de Badajoz, que le prohibía aproximarse a la menor en un ratio de 150 metros y le impuso el pago de 2.000 euros por daños morales.

Los magistrados entienden que se ha vulnerado el derecho de defensa y de presunción de inocencia del acusado, que alegó que ninguna autoridad judicial había escuchado directamente a la menor o a su hermano testigo directo de los hechos. El recurrente argumentó que su condena se basó únicamente en prueba indirecta, como era la testifical de referencia de la madre, de la agente de la Guardia Civil y de la perito psicóloga del Instituto de Medicina Legal que escucharon las palabras de la menor y emitieron versiones contradictorias sobre su "probable" credibilidad. Este caso se remonta a septiembre del 2011, cuando este hombre, que padece un retraso mental leve y una minusvalía del 67% que no afeca a su capacidad para tener conocimiento de estos hechos, fue acusado de hacer tocamientos a la hija de su prima cuando ésta había salido del domicilio y él estaba al cuidado de sus dos hijos.