El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha ratificado el rechazo dado por la corporación municipal a iniciar los trámites necesarios para la eliminación del término 'Caudillo' al nombre de la localidad.

A través de una sentencia, el Alto Tribunal estima el recurso presentado por el Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo contra un fallo que ordenaba el inicio del procedimiento previsto para el cambio de nombre.

Todo ello, según recuerda el TSJEx, a pesar de que el pleno municipal del 29 de abril de 2016 se rechazó una moción del Grupo Socialista para abrir el camino para eliminar el término 'Caudillo' del nombre de la localidad.

Subraya el tribunal la "incongruencia" del fallo objeto del recurso, pues "no es posible la incoación de un expediente de cambio de nombre por ausencia del requisito previo de aprobación por el pleno con el voto favorable de las dos terceras partes" de la corporación y, en todo caso, de la mayoría absoluta de la misma.

"Aquí no solo no ha sucedido, sino que ha ocurrido todo lo contrario", remarca la sentencia del TSJEx.

Tras conocerse este auto, el Ayuntamiento de Guadiana ha emitido un comunicado en el que subraya que el consistorio "vuelve a cumplir con las sentencias judiciales", pues la sentencia del Tribunal Superior de Justicia "nos vuelve a dar la razón" y remarca que "no es necesario" cambiar el nombre del pueblo.

"Esperamos que se ponga punto y final a este asunto, que está trayendo molestias innecesarias al pueblo, al no ser una demanda de los problemas reales que nos reclaman los ciudadanos", han añadido.

El consistorio entiende que no se puede "perder el tiempo en controversias que no solucionan nada y cuestan dinero, solo por la obcecación de algunos en judicializar la vida política municipal".