El Ayuntamiento de Acebo ha aprobado la ordenanza reguladora de Tenencia de Animales de Compañía y Potencialmente Peligrosos. Los poseedores de perros deberán identificarlos electrónicamente y censarlos en el ayuntamiento donde habitualmente viva el animal dentro del plazo máximo de tres meses contado a partir de la fecha de nacimiento, o en su caso, un mes después de su adquisición. Asimismo, se establece la obligatoriedad de inscribir los perros en el Registro Canino municipal. En las vías públicas los perros irán acompañados de una persona y sujetos por correa o collar.

Los propietarios de los animales serán además responsables de la suciedad derivada de las deposiciones fecales, debiendo recoger los excrementos de la vía pública o de las zonas y elementos comunes de los inmuebles. Además de evitar las micciones en fachadas de edificios, vehículos y en el mobiliario urbano.