La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en una sentencia fallada el pasado 13 de septiembre, ha confirmado la ilegalidad del velatorio de la residencia de La Inmaculada, de Coria, y ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Alcaesar Funercoria SL contra la sentencia que emitió el Juzgado número 2 de Cáceres en enero.

La sentencia anulaba la resolución de alcaldía que dictó en 2005 el entonces alcalde de Coria, Joaquín Hurtado, para otorgar a Alcaesar Funercoria la licencia para la reforma y la apertura de un velatorio en la Residencia de Ancianos La Inmaculada, una reforma que se realizó y un tanatorio que ayer continuaba prestando servicio a pesar de carecer de licencias para ello.

El auto del TSJEx recoge además que la residencia está en suelo clasificado no urbanizable de especial protección agrícola. Añade que el consistorio, cuando en el 2005 concedió la licencia, "ya estaba reconociendo de forma implícita que la actividad era incompatible con las actuales normas de planeamiento". Además, el TSJEx condena a la empresa Funercoria a hacer frente a las costas procesales del procedimiento. Ayer, los responsables de dicha empresa declinaron hacer declaraciones.