La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha estimado el recurso electoral presentado por la coalición eXtremeños contra la exclusión de la toma de posesión del concejal de esta formación, Santiago Pérez González, en el pleno de constitución del consistorio, el pasado 13 de junio, que ahora deberá repetirse.

El fallo del tribunal extremeño establece además que Pérez González, quien iba a presentar su candidatura a la alcaldía, tiene desde ese día tiene la plena condición de tal, debiendo convocarse "nueva sesión constitutiva para proceder a una nueva votación de alcalde".

Contra esta decisión no procede recurso contencioso alguno, ordinario ni extraordinario, salvo el de aclaración, y sin perjuicio del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Esta sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, ya ha sido trasladada a la Junta Electoral correspondiente, mediante testimonio en forma, con devolución del expediente, y al Ayuntamiento de Belvís de Monroy para su "inmediato y estricto cumplimiento".

El pasado 24 de mayo la coalición eXtremeños logró tres concejales, mientras que el PP y el PSOE obtuvieron dos cada uno, por lo que antes del pleno de constitución se esperaba que el alcalde fuera el candidato de esta formación, el propio Santiago Pérez.

Sin embargo, éste no pudo tomar posesión del cargo como concejal, un paso previo a la elección del alcalde, debido a que la Mesa de Edad no aceptó como válido su pronunciamiento, en el que introdujo una variación, concretamente al decir que era el concejal "ganador" de las elecciones, al prometer su fidelidad al cargo y a la Constitución.

Tras ser impedida su toma de posesión, éste y los otros dos ediles de la formación abandonaron el pleno, tras lo cual, los restantes concejales, dos del PSOE y otros tantos del PP, alcanzaron un acuerdo para lograr la alcaldía. En este caso, la dirección provincial del Partido Socialista anunció medidas disciplinarias contra los concejales de formación por no avalar pactos de gobierno con los populares.

El tribunal explica en los fundamentos de derecho de la sentencia que la introducción de la expresión "ganador de estas elecciones al ayuntamiento de Belvís de Monroy" "en modo alguno tiene el efecto de desnaturalizar o vaciar de contenido el acatamiento a la Constitución".

Por tanto, el TSJEx declara que Santiago Pérez González "tomó posesión del cargo de concejal con la fórmula de promesa que utilizó y desde ese día debe reconocérsele la plena condición de tal".