El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha dictaminado que una mujer sea indemnizada con 3.284 euros tras tenerse que operar de una rodilla en un centro privado después de que la operación programada en un hospital público fuera pospuesta por dos veces. Además, el CJC estima que deben abrirse diligencias por la coincidencia en las siglas del médico que la informó de queno podía ser operada en el sistema público, y que cuando acudió a un centro privado le práctico la intervención "por urgencia".

La recomendación de que la intervención debía realizarse con "prontitud" fue formulada por el propio Jefe de la Sección de Unidad de Rodilla del hospital público donde estaba siendo tratada. La paciente había sufrido, en febrero de 2002, "un accidente fortuito mientras practicaba deporte en Puigcerdá (Gerona)" que le ocasionó graves lesiones en la rodilla de las que fue atendida en hospital de esa localidad, donde se le escayoló la pierna y se le remitió a un traumatólogo, además de reposo absoluto. Ya en su residencia de la Comunitat Valenciana, la mujer fue a su médico de cabecera que la remitió a un traumatólogo al que solicitó valoración de la lesión.

Tras acudir en diversas ocasiones a los servicios de urgencias por los fuertes dolores que le producía "el movimiento de la rodilla derecha" el 21 de marzo se le practicó una prueba de resonancia tras la que se le dictaminó, entre otras, las siguientes lesiones: rotura completa de ligamento cruzado anterior, rotura parcial del ligamento colateral interno e externo, así como del tendón popliteo en la rodilla derecha.

El 11 de junio, se comunicó, por una llamada telefónica, a la enferma que se la citaba para intervenirla quirúrgicamente el 18 de ese mismo mes y se le indicaba el tratamiento preoperatorio que debía seguir, ya que la intervención se realizaría sin ingreso hospitalario previo. Pero, tres días después le comunicaron, también por teléfono que la operación quedaba pospuesta y que ya se le avisaría.

Posteriormente, desde la Unidad de Rodilla volvieron a poner en contacto con la mujer y le comunicaron que la nueva fecha para la operación era el 8 de julio y además, en esta ocasión, con ingreso hospitalario. Al igual que la primera vez, tres días después vuelve a comunicarse a la paciente que se ha vuelto a posponer su operación "por falta de quirófanos y anestesistas disponibles" pero, el jefe de la Unidad de Rodilla le comunica "de la necesidad de realizar dicha operación".

El 11 de julio la enferma es intervenida en una clínica privada practicándole una artroscopia de menisco. En los antecedentes del dictamen se indica que "la intervención en el centro privado se realizó por recomendación del jefe de servicio de la unidad de Rodilla, quien intervino a la paciente 'con urgencia', es decir tres días mas tarde de la consulta en su centro privado". Además el CJC "quiere dejar constancia de que, vista la coincidencia que se da en los nombres y apellidos del jefe de la sección de Unidad de Rodilla" del hospital público con los del facultativo que la intervino privadamente deben "abrirse diligencias para averiguar la razón de esta coincidencia" y si ello puede implicar algún tipo de irregularidad.