Un juzgado de Pamplona ha absuelto a una mujer de un delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos por colocar una aplicación en el móvil de su hija, menor de edad, para grabar sus conversaciones telefónicas. Un delito por el que el Ministerio Fiscal solicitaba cuatro años de prisión.

El juez, explica Europa Press, considera probado que la acusada, que se encuentra separada de su ex pareja y tiene la custodia de la hija de ambos, colocó esta aplicación en el teléfono de su hija "con la intención de conocer lo que le estaba sucediendo a su hija" que presentaba "alteraciones de ánimo, llorando en ocasiones después de hablar por teléfono" y "mostrando malestar y temor". La joven había sido víctima de un episodio de 'bullying' unos años antes que había conllevado su cambio de centro escolar.

"SIN CONSENTIMIENTO"

Entre los días 25 de mayo y 5 de junio de 2015, la acusada grabó las conversaciones, "sin conocimiento ni consentimiento" de su hija menor de edad, que en esa fecha tenía once años. A la vista del contenido de las conversaciones entre la niña y su padre, interpuso el 1 de julio de 2015 una denuncia contra su expareja que fue archivado.

En este proceso se solicitó un informe pericial psicológico de la menor en el que se señalaba que "no se detectaba situación de maltrato por parte del padre, y se concluía que este ejercía una sobrecarga yopresión en su hija para que se ocupe de determinadas cuestiones para las que no está psicológicamente ni evolutivamente preparada" y se recomendaba que la niña recibiera tratamiento psicológico.

En este sentido, el juez considera que es "altamente probable que la acusada actuara con la finalidad de descubrir qué le pasaba a su hija más allá de lo que esta pudiera tratar con su padre, afectando intencionadamente de forma directa a la intimidad de la menor, pero no así ni intencionadamente ni en forma directa, a la intimidad del denunciante", el padre de la menor. Asimismo, señala que la finalidad de la acusada iba "más allá de evitar el cambio de custodia de la niña grabando sus conversaciones" sino que buscaba "salvaguardar a la menor frente a peligros a que pudiera enfrentarse, en los que concurría un posible riesgo para su integridad moral, y un riesgo cierto para su normal desarrollo psíquico".

Por todo ello, la absuelve del delito de descubrimiento y revelación de secretos. La sentencia no es firme y sobre ella cabe recurso de apelación.