El Jurado que ha juzgado en la Audiencia de Cantabria al vecino de Santander que mató a su inquilina el 2 de julio de 2007 ha declarado al acusado "no culpable", por entender que no era dueño de sus actos.

El veredicto considera probado que Ramón G.A. estranguló a su inquilina, como él mismo había reconocido desde su detención, pero establece que en ese momento "no era dueño de sus actos", ya que sus facultades mentales se encontraban afectadas por la preocupación que le causaba la conducta conflictiva que tenía la víctima.

Tras escuchar este dictamen, el magistrado que ha presidido la vista, José Luis López del Moral, ha anunciado que dictará una sentencia absolutoria y ha ordenado que Ramón G.A. sea puesto en libertad.

La Fiscalía había pedido hasta esta mañana una pena de 16 años para Ramón G.A., al que acusaba de asesinato por la muerte de Rebeca C.V., una mujer de 35 años con un hijo de 12, a la que había alquilado una habitación en un piso de Santander.

El acusado relató durante el juicio que mató a Rebeca después de una discusión que se inició de madrugada, cuando tuvo que levantarse de la cama a bajar, por segunda vez, el volumen de la televisión.

Y explicó que, estando "muy nervioso", agarró a la mujer por el cuello cuando se levantó del sofá y, tras un forcejeo, la tiró al suelo cogió un martillo que tenía dentro de un armario y la golpeó en la parte frontal de la cabeza hasta que la herramienta se rompió porque era "muy pequeña". Después, la volvió a agarrar del cuello hasta que la asfixió, mientras ella le pedía perdón.

Cuando ya estaba muerta, la envolvió en una manta y la arrastró hasta la habitación, donde mantuvo el cadáver durante cinco días.

En su declaración, el acusado explicó que había arrendado una habitación a la mujer porque la conocía de trabajar juntos, pero que la relación entre ambos se deterioró a partir de octubre de 2006, cuando Rebeca C.V. empezó a tener problemas para pagar el alquiler.

El procesado aseguró además que, por esas fechas, comenzó a recibir llamadas de los vecinos quejándose de que su inquilina organizaba fiestas hasta altas horas de la madrugada, a las que invitaba a gente con "malas pintas".

También alegó que, una vez concluido el contrato, pidió a la mujer que se fuera, a lo que ésta contestó con amenazas.

El Jurado se ha basado en esa relación conflictiva entre el acusado y la víctima, corroborada en el juicio por los vecinos del inmueble, para establecer, por ocho votos a uno, que Ramón G.A. "tenía afectadas sus facultades mentales" y "no era dueño de sus actos", un veredicto del que se deriva una sentencia absolutoria.

No obstante, la Fiscalía ha pedido al magistrado que condene a Ramón G.A. a pagar una indemnización de 300.000 euros al hijo de la víctima. La acusación particular, que solicitaba 20 años de cárcel por asesinato, ha pedido una indemnización adicional de 200.000 euros para los padres de Rebeca.