Las sanciones más duras del nuevo plan contra los accidentes aprobado el pasado mes de octubre por el Gobierno no se podrán aplicar hasta el próximo otoño y quedarán ya en manos del Ejecutivo que salga de las elecciones legislativas de marzo, según reconoció ayer el ministro del Interior, Angel Acebes.

La medida más emblemática, las penas de cárcel para los conductores que beban o corran demasiado, forma parte de la reforma del Código Penal publicada por el BOE el pasado 26 de noviembre, pero en el mismo texto legal se establece que la entrada en vigor no se producirá hasta el 1 de octubre del próximo año.

La reforma establece que conducir por encima de la tasa máxima de alcohol --0,5 gramos por litro de sangre-- o bajo los efectos de las drogas será penado con entre 3 y 6 meses de cárcel o una multa de 6 a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad. El juez será el que determinará si se aplica una u otra pena en función de las circunstancias. Estos conductores perderán, además, su carnet de conducir entre 1 y 4 años.

Para la combinación de alcohol y velocidad, "en los supuestos en que exista temeridad manifiesta", se aumentan, además, las penas de cárcel previstas hasta ahora, pasando de 6 meses a 4 años.

La otra gran novedad del plan, la revocación definitiva del carnet de los que cometan tres faltas muy graves en dos años, también entrará en vigor el 1 de enero, porque se ha tramitado como una enmienda a los Presupuestos.

El consejo aprobó también la constitución de un grupo encargado de vigilar la aplicación del plan y de estudiar la implantación del carnet de por puntos.