La Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a S.B.V., de 19 años, a una pena de ocho años de prisión al ser responsable de un delito de asesinato de un mendigo de Lucena (Córdoba), tras sugerir a unos amigos, todos menores y condenados por esta causa, que lo rociaran con un disolvente y lo quemaran.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, queda probado que en la tarde del 17 de octubre de 2007 la condenada, en compañía de otros tres menores, coincidieron con la víctima en un parque de Lucena, y comenzaron a insultarle y a burlarse de él, propinándole guantazos y patadas en la cabeza, mientras la agresión era grabada por uno de los chavales con su teléfono móvil.

En ese momento la víctima le dijo a la condenada que "se cagaba en sus muertos", lo que provocó el enfado de ésta, ya que su madre había fallecido un mes atrás, de tal forma que lo amenazó diciéndole que "lo iba a matar".

De esta manera, S.B.V. quedó con su primo y otros amigos, todos ellos menores, para que a la mañana siguiente fueran a su casa temprano en lugar de ir a clase.

Así, sobre las 8.00 horas del 18 de octubre los menores se reunieron en la vivienda de la acusada y decidieron acabar ese mismo día con la vida del indigente quemándolo.

S.B.V., que disponía de una botella de disolvente en su casa, les sugirió la posibilidad de rociar a la víctima con el líquido y después prenderle fuego. Sobre las 10.30 horas los menores encontraron al indigente sólo en la entrada de la vivienda, sin posibilidad de escapar con rapidez, momento en el que rociaron su cuerpo con disolvente y le prendieron fuego con un mechero, provocándole la muerte, una escena que fue grabada por uno de los menores con la cámara de su teléfono móvil.

Tras ello, los tres menores salieron corriendo y se dirigieron rápidamente de nuevo al domicilio de la condenada, a la que dijeron "ya está, ya lo hemos matado", y acto seguido le enseñaron la grabación del móvil.

En ese momento la condenada, que se encontraba en compañía de una amiga también menor a que le instó a que no hiciera preguntas, se dirigió al lugar del suceso para comprobar que la víctima estaba muerta, por lo que les dijo a los menores que borraran la grabación, le entregaran el disolvente y huyeran de la casa.

Agentes de la Policía Judicial observaron la huida de los menores sin alcanzar a detenerlos y escucharon como la condenada les gritaba desde el balcón que corrieran, por lo que la policía entró en el domicilio de S.B.V., que entregó voluntariamente las sudaderas de los menores y la botella utilizada en el asesinato.

Como consecuencia de los hechos, la víctima sufrió quemaduras en el 90 por ciento de su cuerpo, lo que le produjo la muerte junto con la intoxicación por monóxido de carbono.

Además, según el informe forense, la condenada tiene una inteligencia "límite" con un coeficiente intelectual de 71, por lo que tiene "íntegra" su capacidad de conocimiento y "libre" determinación excepto para actos "muy complejos y abstractos".

Por ello, la Audiencia Provincial, en virtud del veredicto de culpabilidad del jurado popular, ha condenado a S.B.V. a la pena de 8 años de prisión como autora de un delito de asesinato y ha considerado las atenuantes de confesión y anomalía psíquica.

Además, la condenada deberá pagar la suma de 10.340 euros para indemnizar a la propietaria de la vivienda calcinada en la que residía la víctima en el momento del asesinato.