Abandonar a un animal doméstico es el mismo tipo de acción que dejar en desamparo a un familiar o a un menor, aunque su gravedad y las penas correspondientes sean de un rango inferior. Con este argumento, la Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a una mujer a una multa de 15 días a razón de seis euros al día por abandonar a su perra en una urbanización de Los Angeles de San Rafael. Es la primera resolución judicial que penaliza como falta el abandono de una mascota, y crea jurisprudencia menor.

El animal había sido recogido por voluntarios de la asociación protectora El Refugio después de que una vecina les alertara de que había visto a "una perrita con el lomo despellejado". La mujer había intentado en vano acercarse a ella, pero los voluntarios consiguieron atraparla. Otros vecinos habían advertido a la dueña sobre su estado, pero esta se negó a recogerla. Una vez iniciada su compleja curación, los miembros de El Refugio comprobaron que llevaba un microchip, lo que les permitió denunciar a la dueña.

RECURSO ESTIMADO El juzgado de instrucción número 1 de Segovia absolvió a la denunciada el pasado mes de octubre, pero El Refugio recurrió a la Audiencia Provincial al considerar que la mujer había incurrido en una falta tipificada en el artículo 631.2 del Código Penal que castiga a "quienes abandonen a un animal doméstico en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad". El fallo le impone la citada pena y le obliga a pagar las costas del juicio de primer instancia.