Un juzgado de Córdoba ha condenado a 17 años y 4 meses de prisión a J.J.C.B., vecino de Priego de Córdoba, por maltratar y violar a su mujer en repetidas ocasiones, una de ellas en presencia de su hijo menor.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, considera probado que en agosto de 2005 el condenado circulaba en su vehículo con su esposa y su hijo, detuvo el coche y la amenazó con arrojarla por un barranco, tras lo cual, la violó delante del menor. Asimismo, en otras ocasiones, el condenado la amenazaba con un cuchillo de cocina y la agredía sexualmente, un hecho que el juez ha calificado, además de libidinoso, de "vejatorio y humillante, mostrando así su total dominio sobre la misma". De esta forma, la sentencia considera que estos hechos son constitutivos de un delito continuado de violación, por lo que lo condena a 14 años de prisión.

Por otro lado, se le impone la pena de un año y nueve meses de cárcel por un delito de maltrato habitual, ya que, según explica la sentencia, el condenado ha maltratado a la mujer desde el noviazgo, cuando ella tenía 17 años, y durante el matrimonio, desde 1997. Durante este tiempo, la mujer ha sufrido golpes, agresiones, quemaduras con cigarrillos, retenciones contra su voluntad, insultos y amenazas para impedir que lo denunciara o comentase la situación con su familia.

Asimismo, el juez lo considera autor de dos delitos de maltrato en el ámbito familiar, uno cometido en enero de 2006 cuando la víctima intentó huir de su domicilio y otro en febrero de ese mismo año cuando, tras una discusión que presenció su hijo menor, el condenado arrojó al suelo a su mujer y le propinó un "fuerte puñetazo en el vientre", lo que le causó varias erosiones y contusiones. Así, el juez le ha impuesto la pena de nueve meses de prisión por el primero de los dos delitos, así como diez meses más por la segunda agresión.

Como consecuencia de todos estos hechos, la víctima sufre un trastorno adaptativo, depresión y un deterioro significativo de la autoestima, por lo que el hombre deberá abonarle la cantidad de 6.000 euros, así como otros 1.150 por las lesiones. Además, el condenado no podrá acercarse a su mujer a una distancia mínima de 500 metros ni comunicarse con ella durante 18 años, así como no poseer armas durante otros ocho.