El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado hoy el plan parcial por el que el Ayuntamiento de Piélagos autorizó a la empresa Fadesa construir 400 viviendas en el Alto del Cuco, una urbanización aún en obras que ha transformado su ladera sur a base de grandes desmontes y taludes.

El TSJC, que estima un recurso de la asociación ecologista ARCA, considera que esa urbanización, situada a unos diez kilómetros de Santander, infringe la Ley del Suelo por el "importante e incontrovertido impacto paisajístico" que produce en "un entorno natural y rural precisado de protección".

Los propios magistrados describen gráficamente ese impacto como "una dentellada al monte, que ha sido completamente horadado".

El Ayuntamiento de Piélagos es uno de los municipios de Cantabria a los que, por su población, la Ley autonómica del Suelo de 2001 autoriza a aprobar planes parciales sin necesidad de obtener antes el visto bueno de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CROTU), que, de hecho, en este caso informó en contra.

El plan del Alto del Cuco autorizó a Fadesa a levantar 395 viviendas en el "sector 2" de su plan de urbanismo de 1993: 21,6 hectáreas de terreno situadas en la ladera sur del Monte de la Picota, la cumbre que domina la desembocadura del Pas (sita en su falda oeste) y el Parque Natural de Liencres (en la norte).

El proyecto de Fadesa superó el control de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria con un informe favorable, aunque sometido a condiciones, pero fue recurrido por ARCA y por la CROTU.

La sentencia achaca varias infracciones a ese plan parcial: no reserva la cantidad de suelo mínima exigida para equipamientos públicos, ubica los parques y espacios infantiles en zonas con pendientes de entre 24 y el 33 por ciento, de modo que su utilidad es "nula o muy reducida", y construye calles con pendientes medias del 8 por ciento, que en algunos casos llegan al 25 por ciento (la ley autonómica sobre barreras arquitectónicas prohíbe en Cantabria que las rampas de peatones superen el 6% de inclinación).

Pero, sobre todo, se detiene a examinar el impacto paisajístico de unas obras que han aterrazado la ladera del monte con taludes de hasta 17 metros de altura, para poder ubicar las viviendas.

La propia Fadesa reconocía en su declaración de impacto que para poder llevar a cabo su proyecto tenía que retirar del monte 617.000 metros cúbicos de tierra y roca, cifra que la propia Sala resalta porque da "una visión cabal de la magnitud de la actuación".

"La agresiva modificación de la topografía del Monte Picota (el Alto del Cuco está en su falda sur), que forma parte del entorno paisajístico de los montes de Liencres, y las exageradas y forzadas soluciones arquitectónicas previstas para poder implantar en aquél 395 viviendas no hacen sino quebrar una vez más el paisaje rural existente antes de la aprobación del plan parcial", razona la Sala.

El TSJC reconoce que se trata de un suelo clasificado como urbanizable desde hace 14 años, pero también subraya que se está realizando "una actuación traumática" para implantar "forzadamente dichas viviendas a través de soluciones drásticas en materia de taludes, desmontes, desniveles, geomallas y revegetación".

La sentencia reprocha además a Fadesa que haya "invadido" el corredor que la Consejería de Medio Ambiente le había mandado respetar. La Sala cree que ese corredor ambiental habría atenuado sólo de forma "parcial" el impacto, "pero su loable propósito ha resultado frustrado con la ubicación en el mismo de elementos urbanos, como viviendas, aparcamientos, depósito de aguas o viales".

Tanto el Ayuntamiento de Piélagos como Fadesa pueden recurrir esta sentencia ante el Tribunal Supremo.