La Guardia Civil ha detenido al director de las clínicas del grupo Ginemedex-TCB, Carlos Morín, que han sido registradas hoy de manera pormenorizada, en una operación dirigida por la Fiscalía y un juzgado de instrucción ante las sospechas de que se realizan de manera reiterada abortos ilegales. Fuentes próximas a la investigación han confirmado que, a lo largo del día de hoy, han detenido a cuatro personas, que ostentarían cargos de responsabilidad en las cuatro clínicas registradas, todas ellas (TBC, Emece, Ginemedex y Fundación Morín) situadas en el barrio de Tres Torres de Barcelona, en la parte alta de la ciudad.

Morín ha sido detenido en el centro que Ginemedex tiene en el número 61 de la calle Dalmases y ha abandonado la clínica en un coche sin identificar de la policía judicial. Poco después de las 15.00 horas ha concluido el registro de las cuatro clínicas iniciado a primera hora de la mañana por orden del juzgado de instrucción número 33 de Barcelona, que el pasado mes de julio aceptó a trámite la querella presentada hace algo más de un año contra Morín por la organización cristiana e-Cristians.

Esta querella recogía la denuncia de un reportaje de una televisión danesa, en la que se veía a una periodista embarazada de 31 meses entrevistarse con Morín para saber si podría practicarle un aborto, a lo que éste aceptó sin saber que le estaban grabando con una cámara oculta, y hacía referencia a otro similar que realizó un tiempo antes el periódico británico Daily Telegraph.

Al parecer, la investigación abierta por el juzgado de Barcelona también ha tenido en cuenta otras denuncias e incluso el testimonio de un ex empleado. La investigación contra algunas clínicas de Barcelona especializadas en abortos se basa en "una supuesta práctica reiterada de interrupciones voluntarias del embarazo radicalmente fuera de los supuestos permitidos por la legislación", según ha señalado en un comunicado conjunto el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y la Fiscalía.

La investigación tiene como objetivo esclarecer si en alguno de estos centros se han practicado abortos no recogidos en los supuestos que prevé la ley española y que son considerados ilegales. El artículo 145 del Código Penal contempla que el aborto fuera de los casos permitidos (riesgo para la salud física o psíquica de la madre, malformaciones graves o embarazo por violación) será castigado con la pena de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria o para prestar servicios de toda índole en clínicas y consultorios ginecológicos públicos y privados durante un tiempo de uno a seis años.