Los españoles en situación de extraordinaria necesidad que acrediten un mínimo de cinco años de residencia continuada en el exterior de España y quieran retornar al país recibirán ayudas, según el Real Decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros.

El Real Decreto, para cuya elaboración ha sido consultado el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior, regula la concesión de estas ayudas destinadas a atender las situaciones de extraordinaria necesidad de los españoles que han residido en el exterior y desean retornar.

Las especiales características de estas ayudas justifican que se les dé un tratamiento diferente al del resto de las subvenciones públicas, por estar destinadas a paliar la situación de necesidad de los españoles retornados, según ha informado el Ejecutivo tras la reunión del Consejo de Ministros. Estas ayudas irán destinadas fundamentalmente a cubrir los gastos más urgentes e inaplazables en el momento de la llegada a España.

Los beneficiarios deberán solicitar estas subvenciones que otorga la Dirección General de Emigración dentro de los nueve meses siguientes a su retorno.