Finalmente, ley y sentido común se han dado la mano. El violador Tomás Pardo, condenado a 26 años de prisión y en libertad por un error en la prórroga de la prisión preventiva, fue encarcelado ayer por orden de la Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona. El mismo tribunal que en una ocasión se negó a enviarle a la cárcel ha rectificado y, valiéndose de una rendija legal, ha ordenado su encarcelamiento pese a que la sentencia aún no es firme.

El tribunal ha entendido ahora que no sólo hay posibilidades de que el condenado se fugue sino que también es probable que reincida. ¿Qué ha cambiado para que los jueces varíen su criterio en sólo 16 días? Lo único es que el abogado del violador ha presentado un recurso contra la sentencia que le condenó a 26 años de cárcel. Con esta formalidad, según los jueces, ahora sí se ajustan a la ley al enviarlo a prisión. La decisión del tribunal cuenta con el voto particular de uno de sus tres integrantes, que disiente de la decisión de sus colegas. El magistrado Pedro Martín, presidente de la Sección Segunda, sigue considerando que no hay base legal para enviar a prisión al condenado, mientras el Tribunal Supremo no ratifique la sentencia.

El culebrón judicial de Tomás Pardo empezó el pasado 1 de noviembre, cuando, agotados los dos años de prisión provisional que marca la ley, nadie se acordó de solicitar la prórroga. Inmediatamente, quedó en libertad. Ha pasado libre tres meses y nueve días mientras sus dos víctimas eran protegidas permanentemente por la Guardia Civil.

ENMIENDA Con intención de enmendar el error, la Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona hizo un hueco en su agenda para fijar el juicio de forma inmediata: el día 1 de diciembre, por la tarde, Pardo fue juzgado y reconoció los hechos ante el tribunal. Sin embargo, y pese a las prisas por celebrar la vista, la sentencia llegó un mes y medio más tarde.

Cuando llegó la sentencia, el pasado 18 de enero, Tomás Pardo, de 28 años, la recogió en mano y se marchó a su casa. Fue entonces cuando el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), José María Mena, solicitó que entrara en la cárcel sin esperar a que la sentencia fuera firme. No tuvo éxito. La respuesta, argumentada por el magistrado Pedro Martín, fue que no había base legal para encarcelar a Tomás Pardo porque la sentencia no era firme. Además, añadía, el acusado estaba personándose cada día en el juzgado.