La Sala Penal del Tribunal Supremo ha fijado en una sentencia que el tráfico con más de 10 miligramos de hachís es delito, ya que esta dosis es la "mínima psicoactiva" de esta droga que resulta nociva para la salud y afecta a las funciones físicas o psíquicas de una persona. El alto tribunal condenó a tres años de cárcel y multa de 20 euros a un hombre que vendió a otro una papelina con 0,190 gramos de heroína en un bar de Bilbao, y a quien la Audiencia de Vizcaya había absuelto al considerar que esa cuantía de droga era incapaz de dañar la salud de las personas.

El tribunal ha basado su decisión en las dosis mínimas que el Instituto Nacional de Toxicología ha establecido para cada sustancia y que fueron remitidas al alto tribunal el pasado mes de enero. No obstante, la Sala indica que esas cuantías tienen el valor de "simple referencia, susceptible de cuantas matizaciones pueda aconsejar el caso concreto", aunque suponen una referencia genérica.

La sentencia que emite el Supremo anula una anterior emitida por la Audiencia de Vizcaya que consideraba que la venta de una papelina con 0,190 gramos de heroína no era delito.