Los productos alimenticios y las bebidas alcohólicas deberán incluir en sus etiquetas una lista completa con los ingredientes que pueden producir reacciones alérgicas o de intolerancia. Así lo establece un real de decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros cuyo objetivo es mejorar la protección de los consumidores que padecen este tipo de alteraciones.

La norma no entrará en vigor, sin embargo, hasta dentro el 25 de noviembre del 2005 para dar un margen suficiente a las empresas para que adapten sus procesos de fabricación. Incluso a partir de esa fecha, los productos etiquetados con anterioridad podrán seguir comercializándose sin límite temporal. El decreto permite que se sigan distribuyendo "hasta que agotar existencias".

El decreto es fruto de la trasposición de una directiva comunitaria aprobada en el 2003 a raíz de las recomendaciones del Comité Científico de la Alimentación Humana. En él se incluye una detallada relación de los ingredientes que pueden producir alergias determinados por el comité. Entre ellos figuran los cereales con gluten, las almendras, los crustáceos, el huevo, y la leche y sus derivados.