LA SENTENCIA dictada por la Audiencia de Barcelona la semana pasada contra cinco mossos por una serie de delitos, entre ellos torturas y lesiones, a raíz de la detención el 27 de julio del 2006 del ciudadano rumano Lucián P. y de su pareja, Fulga. I., no será recurrida por la fiscalía catalana. El motivo: el fallo está en concordancia con los argumentos que la fiscalía defendió en la calificación provisional y posteriormente en el juicio. Es un nuevo capítulo en este proceso, que ha causado fuertes enfrentamientos entre la policía autonómica y la judicatura y en el seno del Gobierno catalán. No obstante, la última palabra la tendrá el Tribunal Supremo, ya que los mossos condenados y la acusación particular sí recurrirán.