Fórum Filatélico pidió hoy que se anule el auto judicial que implica su liquidación, por considerar que el juez mercantil Santiago Senent le ha causado "indefensión" al no permitirle, como establece la ley, que subsanara los errores de su propuesta para pagar a los clientes y evitar su disolución.

En el recurso, la empresa de bienes tangibles acusa al magistrado de infringir la ley concursal y el derecho constitucional de tener un proceso con todas las garantías, al tiempo que insiste en la legalidad de su propuesta (técnicamente conocida como convenio de acreedores).

El titular del Juzgado Mercantil número 7 de Madrid decidió el 23 de julio no admitir a trámite el convenio al considerar que no supondría devolver en metálico los ahorros de los 269.000 inversores y del resto de acreedores, y añadió que dependía de una serie de acontecimientos que eran "auténticas condiciones", lo que a su juicio infringía la ley concursal.

Según el juez, que tramita la insolvencia de Fórum a raíz de su intervención el 9 de mayo de 2006, estos errores eran "insubsanables". Esa opinión no es compartida por la empresa, que señala que la ley concursal "obliga" al juez a pedirle que corrija los errores del convenio en el plazo de cinco días desde su presentación y le "veda asumir unilateralmente que no hay solución posible".

Por ello, Fórum sostiene que el juez le privó de un "arma" al realizar "un juicio anticipado, y precipitado, de conocimiento, que en ningún caso puede ser admitido, puesto que la Ley le obliga a conceder a la proponente la oportunidad de subsanar" los errores.

En cuanto a la legalidad de su propuesta, Fórum insiste en que la ley concursal le habilita a entregar, en vez de cantidades en metálico, participaciones o acciones, sin necesidad del consentimiento expreso e individual de cada acreedor, como apuntaba el juez mercantil.

También rechaza la afirmación del juez de que la eficacia del convenio depende de acontecimientos futuros que son condiciones, ya que "cualquier propuesta de convenio, por definición, contiene compromisos de futuro, que la mayoría de ocasiones no dependen de la voluntad del proponente".

Además, sostiene que las previsiones contenidas en cualquier plan de viabilidad "son también inciertas", por lo que afirma que la ley concursal no veta cualquier evento futuro o incierto "porque entonces estaría prohibiendo" la propia presentación de un convenio.

Fórum también niega que su transformación en una sociedad limitada afectaría al cumplimiento del convenio ("mucho menos a su eficacia"), puesto que carece de contenido económico.

Y añade que la admisión a cotización en bolsa "depende única y exclusivamente del cumplimiento de los correspondientes requisitos legales y no constituye un acto graciable de la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores), que pueda ser denegado arbitrariamente".

En el recurso, Fórum sostiene que la decisión del juez "acaba por desproteger y perjudicar a aquellos para cuyo amparo fue concebida" la ley concursal, que considera el convenio como la mejor satisfacción para los acreedores.

En este sentido, apunta que aunque su propuesta no ofrece "una solución perfecta", "sí supone una alternativa para lograr la gestión en el tiempo del patrimonio social, destinándolo a la creación de nuevas entidades de negocio, como vía para evitar malvenderlo y liquidarlo en bloque".

También considera que "causa auténtica perplejidad y asombro que el juzgador no haya tenido en cuenta los devastadores efectos que la liquidación de Fórum Filatélico va a tener sobre el valor de sus activos".

Fórum fue intervenida por la Audiencia Nacional junto a Afinsa por una presunta estafa masiva a los clientes por parte de los administradores, que están imputados por delitos de estafa, insolvencia punible, blanqueo de capitales y administración desleal.