La Dirección General de los Registros y del Notariado, adscrita al Ministerio de Justicia, ha remitido una circular a los jueces encargados de los registros civiles municipales y consulares de España en la que reafirma la validez de los matrimonios gays entre español y extranjero, o entre extranjeros residentes en España.

LEGISLACION NACIONAL Según la circular, con fecha del 29 de junio, "el matrimonio celebrado entre español y extranjero o entre extranjeros residentes en España del mismo sexo será válido, por aplicación de la ley material española, aunque la legislación nacional del extranjero no permita o no reconozca la validez de tales matrimonios".

El problema surgió ya el primer día después de aprobarse las bodas gays en España, cuando un juez de paz de Canet del Mar (Maresme) frenó el matrimonio entre un español y un indio, por ser el último natural de un país donde no se permiten los matrimonios entre personas del mismo sexo.

Sin embargo, también ha habido jueces que no tuvieron reparos legales a la hora de casar a extranjeros.