Las familias numerosas tendrán una nueva ley que sustituirá a la de 1971, una norma que se aprobó cuando ni siquiera estaba regulado el divorcio en España. El Consejo de Ministros aprobó ayer, en plena campaña electoral, el proyecto de ley de familias numerosas, un texto que regula prácticas que se venían realizando hasta ahora bajo un vacío legal.

Más derechos para separados.

España tiene casi millón y medio de familias numerosas --parejas con tres o más hijos, o con dos siendo uno de ellos discapacitado--, aunque sólo 610.000 han pedido el título acreditativo.

Cuando la norma se apruebe, será considerada también familia numerosa el padre o la madre separados o divorciados con tres o más hijos, sean o no comunes. Es decir, supongamos que un padre divorciado mantiene al 100% a sus dos hijos, aunque éstos no vivan con él. Ese señor forma un nuevo hogar con una mujer también divorciada que tiene un niño a su cargo. Esa nueva familia será ahora numerosa.

También será un hogar numeroso el compuesto por una pareja --ambos inválidos-- con dos hijos, sean o no comunes.

Según la nueva norma, los inmigrantes regulares con familias numerosas no necesitarán ningún acuerdo bilateral con España para acceder a las ayudas.

Beneficios fiscales.

Dentro de las ayudas específicas, la futura ley regulará algo que anunció el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana, el año pasado. Los padres de familias numerosas --si ambos trabajan fuera de casa-- podrán tener bonificaciones del 45% de las cuotas de la Seguridad Social a la hora de contratar un cuidador para sus niños. Además, la ley prevé que si uno de los padres toma una excedencia en su trabajo para cuidar de sus hijos, ésta se amplíe de 12 meses a 15.

En cuanto a las ayudas directas por hijo, la norma amplía la renta mínima que los padres tienen que ganar para poder tener acceso a los 291 euros por hijo y año que ofrece el Estado cuando se tienen tres o más vástagos.

Sin embargo, los ingresos anuales que hay que tener son tan mínimos que la nueva medida sólo afectaría al 0,05% de las familias españolas, según los cálculos realizados por el PSOE.

Descuentos en el hogar.

El proyecto de ley aprobado ayer en Madrid por el Gabinete de José María Aznar clasifica las familias numerosas en dos categorías: general (las anteriormente citadas) y especial. Estas últimas, que tendrán una exención del 100% de los gastos de matrícula en colegios públicos, serán las compuestas por una familia de cinco o más hijos. También serán especiales las familias con cuatro hijos cuyos ingresos anuales divididos por el número de miembros no superen el 75% del salario mínimo interprofesional.

El texto también legaliza algo que se venía haciendo hasta ahora: que los hijos que sufran una discapacidad grave puedan computar como dos.

El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, que presentó ayer la futura ley, explicó que el proyecto prevé que las empresas que prestan servicios de agua, luz y teléfono puedan dar un trato más favorable a las familias numerosas.

Sus palabras fueron criticadas por el PSOE y UGT, que recordaron que las ayudas a las familias suponen el 0,4% del PIB, mientras que la media comunitaria es del 2,2%.