Sigue libre. Ajeno a la petición de prisión de la fiscalía, el juez dejó ayer en libertad con cargos y sin fianza a Sergi Xavier Martín, de 21 años, autor de la agresión racista a una joven ecuatoriana filmada por una cámara en el vagón de un tren de Ferrocarriles de la Generalitat. Le imputa un delito contra la integridad moral con agravante de xenofobia.

Pese a estar en el punto de mira de toda la sociedad, el magistrado argumentó que, en este caso, no se dan las dos condiciones que exige la ley para privar de libertad a una persona antes del juicio: no hay riesgo de fuga ni posibilidad de que el agresor vuelva a atacar a esta víctima.

De forma alternativa, el juez impuso al acusado unas estrictas medidas de control que pasan por presentarse en el juzgado los días 1 y 15 de cada mes. Es solo la primera imposición de una larga lista. El joven tiene la obligación de comparecer cada día ante la policía local de Santa Coloma de Cervelló dos veces al día. No podrá acercarse a la víctima en una distancia menor de 1.000 metros ni comunicarse con ella por ningún medio. Tampoco puede ir a otras localidades que no sean Sant Boi, Santa Coloma de Cervelló y la colonia Güell sin permiso del juez.

Tampoco puede usar la línea S-8 de los Ferrocarriles de la Generalitat, que pasa por Sant Boi y donde sucedieron los hechos. El juez advierte en el auto claramente que, si Martín incumple estas medidas que están vigentes hasta la celebración del juicio, podría decretar la prisión. La resolución del magistrado refleja un esfuerzo para dejar muy claro que la prisión es una medida "excepcional" que requiere unos requisitos muy específicos.

Mientras la fiscalía fundamentó su petición de prisión en la existencia de lesiones y en las circunstancias agravantes de xenofobia y abuso de superioridad, el juez rebatió la mayoría de ellas. Sí aceptó que la conducta es xenófoba, pero no consideró que el joven actuara con abuso de superioridad. El magistrado dijo que podría aplicarse una atenuante de intoxicación al apreciar que el acusado estaba bebido cuando la agredió.

ATENTADO MORAL Con respecto al planteamiento de un posible delito de abuso sexual, el magistrado expresa que el pellizco en el pecho, "por su fugacidad", formaría parte del delito de atentado moral o de falta de lesiones.

El juez, que tomó su decisión tras escuchar al imputado, a la víctima y a un testigo, entiende que "no hay lesión física objetivable". Tampoco psíquica, "aunque la víctima está en un estado de abatimiento". "La menor afirma sentir miedo por la agresión, aunque afortunadamente, en nada ha tenido que variar sus hábitos de vida". Es más, añade: "Manteniendo incluso las salidas nocturnas con sus amigas, lo que le valdrá para recuperar su normalidad y felicidad habituales". Fue la propia joven la que explicó ayer al magistrado que se tomó un gelocatil como única medicación aunque tiene problemas para conciliar el sueño.

Para rebatir que no hay riesgo de fuga, el juez menciona que el joven está en paro: "No debe suponer una mayor probabilidad de huida pues, por definición, teniendo trabajo e ingresos, sus posibilidades de huida serían más amplias". Y resalta que la integración del imputado en su localidad resulta "evidente".

"Lo que no puede entrar a valorar este instructor --añade-- es la presión mediática despertada" y cómo esta puede influir en la intención del imputado de eludir la justicia. El juez defiende que el acusado tiene arraigo. "El hecho de que la familia más cercana le haya manifestado desaprobación por los hechos no niega falta de arraigo", dice.

El juez considera que "difícilmente puede presumirse una nueva agresión a la víctima". Recuerda que el juez de guardia otorgó a la menor la condición de testigo protegido, del que no debe saberse ningún dato. Obvió que llegó a cara descubierta.