Un juez de Sant Feliu de Llobregat ha equiparado el concepto de cónyuge con el de pareja estable a la hora de percibir una póliza de seguro. La sentencia reconoce así el derecho de una mujer a cobrar un seguro de vida suscrito por su compañero, que falleció a finales del 2005 en un accidente de tráfico, con quien no estaba casada pero con el que tenía dos hijos.

María Rosa V. S., y su familia han tenido que litigar con Mapfre Vida durante casi dos años para se le reconociera el derecho a cobrar una póliza de 101.466 euros. La mujer solicitó en abril esta indemnización mediante una demanda civil por la muerte de su compañero sentimental, que falleció como consecuencia de un accidente cuando conducía su vehículo por una autopista. Otro coche conducido por una mujer, posiblemente en estado de embriaguez, y que iba en dirección contraria chocó contra él y también falleció.

Mapfre se avino a indemnizar a la viuda en la suma estipulada para "cónyuge de la víctima", sin cuestionar, en ningún momento, la unión de pareja estable formada por José y María Rosa. Los problemas surgieron cuando la mujer quiso cobrar la póliza de vida suscrita por José también con esta compañía.

NEGATIVA REITERADA En este caso, la aseguradora se negó en varias ocasiones a desembolsar a la mujer el capital asegurado, al estimar que no era la beneficiaria, ya que la póliza fijaba que el dinero debía ir a parar al cónyuge y ella no podía tener esa condición porque no estaba casada con el fallecido. Ahora un juez de Sant Feliu de Llobregat, donde vive la familia, le dio en septiembre la razón.