Todas las empresas estarán obligadas a negociar políticas de igualdad entre hombres y mujeres para evitar discriminaciones. Las grandes, las que tienen una plantilla superior a los 250 empleados, tendrán que asumir un plan de igualdad, que se consensuará con los trabajadores en el convenio colectivo. Mientras, las empresas más pequeñas no tendrán que aprobar un plan, pero sí incorporarán "medidas". Este es uno de los puntos incluidos en el anteproyecto de la ley de igualdad entre hombres y mujeres, que también podría incluir la obligación de que las listas electorales de los partidos políticos sean paritarias. El texto lo aprueba mañana el Consejo de Ministros.

Cuando, hace dos semanas, el Ejecutivo presentó a los sindicatos el borrador de la norma, éstos la rechazaron de plano. A juicio de las centrales, se trataba de una "mera declaración de principios", ya que el texto no obligaba de forma explícita a las empresas a negociar los planes de igualdad. De hecho, se trataba de algo voluntario para las empresas pequeñas. Finalmente, el Ejecutivo ha cedido ante las sugerencias de CCOO y UGT. Las políticas de igualdad serán una imposición legal.

PROMOCION Y SUELDOS Para elaborar los futuros planes, los empresarios se reunirán con los trabajadores y analizarán la situación de la compañía. Estudiarán aspectos como el acceso al empleo de hombres y mujeres, la promoción económica y profesional y los sueldos. El plan tendrá una vigencia de cuatro años. Después, se examinará. "Una vez finalizado ese periodo, analizaremos el resultado para comprobar su eficacia", explicó el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera.

Las empresas con mejores iniciativas en el terreno de la igualdad recibirán una distinción --la marca española de excelencia en igualdad-- que será concedida por el Ejecutivo.

La ley recoge la posibilidad de que los convenios colectivos puedan establecer medidas de acción positiva para favorecer el acceso de las mujeres a todas las profesiones. "Se podrán establecer --afirma la ley-- exclusiones y reservas para que tengan preferencia a la hora de ser contratadas las personas del sexo menos representado en la categoría profesional de que se trate".

LISTAS PARITARIAS La futura norma, según avanzó ayer la secretaria de Igualdad del PSOE, Maribel Montaño, impondrá las listas electorales paritarias, algo que estaba incluido en el programa electoral de los socialistas. Sin embargo, fuentes del Ejecutivo puntualizaron luego que ese aspecto "no está cerrado".

El nuevo texto también pretende atajar el acoso sexual en el trabajo, uno de los principales caballos de batalla de los sindicatos. La ley insta a elaborar en los convenios colectivos medidas como la elaboración de un código de buenas prácticas, la realización de campañas formativas, así como la "articulación de fórmulas para evitarlo".

Otra de las novedades es la creación de un permiso de paternidad independiente del de la madre. A partir de ahora, los varones seguirán disfrutando de dos días libres tras el nacimiento de sus hijos, pero, además, gozarán de otros ocho días laborales libres, que se podrán tomar cuando quieran a lo largo de las 16 semanas que dura la baja por maternidad (18 si el niño nace discapacitado). En el caso de parto múltiple, habrá dos más.

El permiso para los padres, más corto que el de otros países, no ha satisfecho del todo a los sindicatos, que reclaman cuatro semanas, algo que, según el Ejecutivo, es imposible por razones económicas. El permiso de diez días costará a las arcas del Estado 400 millones de euros. A él se podrán acoger también los padres adoptivos y autónomos.

Caldera destacó que los padres y las madres podrán solicitar una reducción de jornada hasta que sus hijos tengan ocho años y no seis como en la actualidad. Asimismo, las excedencias para el cuidado de familiares podrán ser de dos años y no uno.

COTIZACION Los sindicatos pretendían que cualquier mujer trabajadora, con independencia de su cotización, tuviera acceso a las prestaciones por maternidad una vez que diera a luz. A partir de ahora, las trabajadoras por cuenta ajena deberán haber cotizado 180 días en los últimos siete años y no cinco.