La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador contra la empresas audiovisuales Atresmedia y Mediaset por una posible vulneración del artículo 18.3 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) al haber emitido comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas de graduación inferior a 20 grados en una franja horaria protegida.

Según informa la CNMC, organismo que preside José María Marín Quemada, estas comunicaciones comerciales (espots publicitarios) tuvieron lugar en los canales de televisión Antena 3 y Neox, de Atresmedia, y Tele 5, de Mediaset, durante los meses de noviembre y diciembre del año 2017.

Tal como explica la CNMC en su comunicado, la citada ley prohíbe "la comunicación comercial televisiva de bebidas alcohólicas con un nivel inferior a 20 grados cuando se emita fuera de la franja de tiempo entre las 20.30 horas y las 6.00 horas del día siguiente, salvo que esta publicidad forme parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción de la señal a difundir".

También precisa la Comisión que, tanto Atresmedia como Mediaset, disponen de un plazo de 15 días para presentar alegaciones al expediente sancionador.