Un juez de Sabadell ha alertado en una sentencia de la "instrumentalización desviada y torticera" que hacen algunas mujeres presuntas víctimas de malos tratos para "criminalizar" las crisis matrimoniales y "obtener determinadas posiciones procesales ventajistas". "No toda disensión o desavenencia conyugal nimia o banal, ni aún de cierta gravedad, debe tener necesariamente cabida" en los delitos de violencia doméstica, expone el juez.

La sentencia del titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Sabadell se ha hecho pública después de que la semana pasada, la juez decana de Barcelona, María Sanahuja, afirmara que tenía la sensación de que se estaba llevando a cabo un uso abusivo en las denuncias de víctimas de violencia doméstica. Dichas declaraciones fueron criticadas por jueces, abogados y asociaciones, entre otros colectivos.

En esta ocasión, el juez ha absuelto a un hombre, de 47 años, que amenazó a su esposa porque se quería separar de él. El magistrado argumenta que incluso los "expertos en derecho matrimonial cuestionan seriamente" el uso de la jurisdicción penal "porque puede llegar en determinados supuestos a criminalizar las crisis matrimoniales".

En la sentencia, afirma que en los pleitos de familia "se entremezclan sentimientos, desesperación, rabia, rencor y las partes afectadas, dolidas, tristes y traumatizadas" anteponen "su propio interés, y debe atajarse la escalada, la espiral del conflicto, evitando que se acreciente".

Con estos argumentos, el juez ha absuelto a un hombre, casado con su mujer, con la que tenía cuatro hijos, de haberla agredido y amenazado por pedir el divorcio.