El Ministerio de Industria ha adaptado una directiva europea que permite el uso de los teléfonos móviles a bordo de un avión, excepto durante el despegue y el aterrizaje. La norma abre la puerta a que los usuarios puedan realizar las llamadas o enviar los mensajes SMS que deseen con las tarifas de itinerancia (roaming) y por tanto no se vean obligados a tener apagado el móvil durante traslados que en ocasiones superan las 20 horas. Sin embargo, las aerolíneas aún tienen que estudiar si comercialmente les interesa asumir la fuerte inversión que requiere la antena que permite la comunicación sin interferir en los aparatos de vuelo. De hecho, pocas compañías en el mundo ofrecen ya este servicio, y solo lo hacen en un pequeño porcentaje de sus vuelos.

La orden ministerial regula el servicio denominado MCA, disponible a bordo de aeronaves en vuelo a alturas superiores a 3.000 metros. La norma permite que los clientes usen sus terminales móviles "con las mismas prestaciones que ofrecen las redes terrestres de telefonía de segunda generación (GSM)", según la nota informativa de Industria.

Sin embargo, nada indica que el servicio se preste de inmediato. Primero es necesario que los operadores de MCA como On Air o Air Mobile lleguen a acuerdos con las aerolíneas y después con los compañías de telefonía. Así, una vez que se cierre el círculo, los pasajeros podrán usar sus propios terminales en vuelo abonando la tarifa de itinerancia para hacer llamadas o enviar mensajes de texto, no para consultar internet en sus aparatos.