Ya no habrá excusa para que los niños viajen sueltos en el asiento de atrás de un vehículo. A partir del 2006, España tendrá que adaptarse a una directiva europea aprobada ayer que exige que los más pequeños vayan sujetos en sillitas homologadas o con cinturones adaptados.

La mayoría de los países de la Unión Europea --España no está entre ellos-- ya tenían leyes que obligaban al uso de dispositivos de seguridad infantil. La nueva norma nace con la voluntad de unificar los criterios de obligatoriedad que ahora se sitúan en la estatura y el peso, y no exclusivamente en la edad.

La directiva prohíbe el transporte de menores de 3 años en automóviles que no dispongan de los mecanismos de seguridad. A partir de esa edad y hasta alcanzar una estatura mínima de 1,5 metros, los niños se situarán en los asientos traseros, utilizando cinturones de seguridad adaptados para ellos o sillas elevadoras que permitan adaptarles el cinturón de adulto.

ADAPTACION

Todos los estados de la UE deberán adaptar su legislación a los criterios de la directiva en un plazo máximo de tres años. La normativa se aplicará a todos los automóviles, furgonetas y minibuses de hasta 3,5 toneladas.

El acuerdo alcanzado se estaba estudiando desde diciembre pasado, cuando la Comisión Europea presentó un proyecto para actualizar la legislación comunitaria sobre seguridad en el transporte por carretera, y especialmente la referente a los niños. La nueva ley forma parte del paquete de medidas previstas para reducir a la mitad los 45.000 accidentes mortales que cada año se producen la red viaria de la UE. Los parlamentarios europeos se han marcado un plazo de 10 años para conseguir este objetivo.

La normativa indica, para los menores de 3 años, que si los padres colocan la sillita en el asiento del copiloto ésta deberá estar siempre orientada hacia atrás y con el airbag desconectado. Si la sillita se coloca en el asiento trasero, también deberá orientarse hacia atrás, y en los vehículos que lleven cojín de seguridad igualmente se deberá desactivar.

Para flexibilizar la ley, en las negociaciones ha prevalecido el criterio de la Eurocámara de utilizar la estatura y el peso como referencias, y no la edad, como había propuesto inicialmente la Comisión Europea. Así, la nueva normativa permite a cada estado, si así lo considera, limitar la exigencia de los dispositivos especiales sólo para los niños de estatura inferior a 1,35 metros, en lugar de la norma general que recomienda que sea de 1,5 metros.

Los estados de la UE podrán eximir a los taxis de la obligación de que los niños viajen con el cinturón de seguridad puesto, aunque siempre deberán sentarse en la parte de atrás del vehículo.

La normativa, además, permite a los gobiernos cierta flexibilidad con las familias numerosas. Para ello, autoriza que uno de los tres niños que viajan en el asiento de atrás vaya sujeto con el cinturón de adulto si el automóvil no dispone de suficientes sistemas especiales para menores.

Las asociaciones de conductores aplaudieron ayer la nueva directiva, así como que el criterio utilizado sea la estatura y el peso.