La venta de tabaco sólo podrá realizarse a partir de enero en la red de estancos controlada por el Ministerio de Economía y a través de las máquinas expendedoras autorizadas. Queda expresamente prohibida la venta en otros lugares, con sanciones de hasta 10.000 euros. Las expendedoras serán sometidas a un severo control para evitar el acceso de los menores de 18 años a ellas. Sólo podrán ubicarse en el interior de locales donde no se prohíba fumar y en lugares donde puedan ser controladas directamente por el titular o el encargado del local.

Además, las máquinas expendedoras no podrán llevar publicidad y deberá figurar en su superficie frontal de forma visible las advertencias Se prohíbe la venta de tabaco a los menores de 18 años y Fumar mata. Para garantizar un uso correcto, las máquinas establecerán mecanismos para impedir el acceso de los menores de edad.