La casa puede completar pero no sustituir a la escuela. El Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto el litigio de unos padres que querían educar a sus hijos en casa en vez de enviarlos al colegio. Alegaban que los pequeños hablaban cinco idiomas y recibían clases de música, lengua, ciencias, matemáticas y ética. Mucho mejor que la educación que les impartirían en cualquier colegio público. El alto tribunal, sin embargo, rechaza esta petición y en una sentencia de la que ha sido ponente su presidenta, María Emilia Casas, establece la "facultad de los padres de elegir para sus hijos una educación ajena al sistema obligatorio" y de enseñar "libremente", pero fuera del horario escolar, y sin perjuicio del deber de escolarización.

El fallo del TC da la razón, tras un largo proceso de recursos y sentencia, al juzgado de Coín (Málaga) que en el 2003 ordenó que varios menores fueran escolarizados hasta los 16 años. Se apoya en el artículo 27 de la Constitución, que no permite a los padres negar a sus hijos el derecho y la obligación a participar en el sistema oficial de educación. En España la escolarización es obligatoria hasta 16 años.