El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo sostiene que está justificado que una empresa lea e inspecciones los correos tanto de trabajo como privados de cualquier trabajador en una sentencia que marcará jurisprudencia en todos los países de la Unión Europea. El alto tribunal avala así la sentencia previa de la misma corte de enero del 2016.

El caso lo planteó un ingeniero en Rumanía, Bogdan Mihai Barbulescu, que fue despedido en el 2007 por haber utilizado el programa de mensajería de la empresa para fines personales, incumpliendo el reglamento de la empresa.

El empleado denunció que su jefe espió sus comunicaciones, violando el derecho a la vida privada y a la correspondencia, protegidas por el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos. La justicia rumana se pronunció a favor de la empresa, estimando que el jefe tuvo una conducta razonable y que la revisión de las comunicaciones de Barbulescu era la única manera para establecer que hubo una infracción disciplinaria.

El empleado rumano reclamó entonces ante el tribunal de Estrasburgo, que en 2016 dictaminó que un empresario puede revisar el contenido de las comunicaciones de sus empleados en el marco de un procedimiento disciplinario.

La conexión a internet de las empresas está a disposición de los asalariados para que estos ejerzan sus actividades profesionales y la vigilancia de su uso permite a los empresarios proteger su empresa contra la piratería de datos, virus informáticos y usos indebidos. La Confederación Europea de Sindicatos (CES) expresó su inquietud por la decisión de enero 2016, que validó el despido de Barbulescu, estimando que esta medida fue desproporcionada.

Un caso similar ya se había planteado en España en el 2000, en el llamado 'caso Deutsche Bank'.