Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) no considera sexista ni discriminatorio que las enfermeras de una clínica privada de la ciudad de Cádiz tengan que llevar falda y cofia en vez del tradicional pantalón que visten los hombres.

El fallo destaca que es el uniforme fijado en el convenio y que en 15 años nadie se había quejado. Comisiones Obreras, que puso la demanda al amparo de la ley de igualdad, recurrirá y recuerda que la Inspección de Trabajo regional sí consideró la práctica discriminatoria e impuso al Grupo Pascual, concertado con el sistema público y con centros en otras provincias, una sanción de 6.000 euros.

La denuncia se formuló el pasado mes de marzo, cuando las enfermeras de planta y consultas externas del Hospital San Rafael de Cádiz protestaron porque las obligaban a lucir falda, delantal, cofia y medias.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sostiene que la falda "no representa diferencias en materia de higiene y seguridad en el trabajo" respecto al pantalón.