Los ministros de Sanidad de la Unión Europea (UE) llegaron ayer a un acuerdo político para restringir la posibilidad de los ciudadanos de someterse a tratamiento médico en otros países de la UE --práctica conocida como turismo sanitario --, con el objetivo de evitar el sobrecoste que supone para la sanidad pública de los estados miembros, en especial en lugares como España, donde viven 2,5 millones de residentes extranjeros comunitarios.

El compromiso alcanzado en el Consejo de Ministros de Sanidad al cabo de cuatro años de negociaciones corrige el proyecto ultraliberal presentado inicialmente por la Comisión Europea, que fomentaba la sanidad privada. El acuerdo promovido por España establece una serie de controles para evitar que la sanidad pública acabe pagando tratamientos médicos privados indiscriminados en otros países.

DERECHOS DE LOS PACIENTES La reformulación de la directiva de asistencia sanitaria transfronteriza evitará el sobrecoste de unos 2.000 millones de euros anuales en las cuentas públicas españolas que habría provocado el proyecto inicial, según los cálculos efectuados por el Ministerio de Sanidad.

El compromiso acordado ayer respeta las competencias de los estados para organizar su sistema público de salud y precisa los derechos de los pacientes para buscar un tratamiento sanitario en otros países de la Unión Europea, según explicó la ministra de Sanidad española, Trinidad Jiménez, tras presidir el Consejo de Ministros europeo en Luxemburgo. La base jurídica legal de la directiva se ha ampliado para que no se limite al ámbito del mercado interior, sino también a la salud pública.

El reembolso de los costes de la atención recibida en el extranjero queda limitado al importe máximo equivalente al que habría dedicado el sistema sanitario de su propio país, y no excederá en ningún caso el coste real del tratamiento, precisó Jimé- nez. Ese gasto será reembolsado por el estado donde haya cotizado el paciente, siempre y cuando la asistencia sanitaria recibida en el extranjero figure entre las prestaciones a las que tiene derecho esa persona en la sanidad pública de su país.

OPCION DE LIMITAR EL PAGO El reembolso de los gastos de asistencia en el extranjero podrá limitarse o suspenderse en el caso de razones imperiosas de interés general. Uno de los argumentos para adoptar esta medida sería que dicho pago pudiera socavar gravemente el equilibrio financiero de un sistema de seguridad social o bien el mantenimiento de un servicio hospitalario abierto a toda la población.

La directiva de los Veintisiete faculta a los estados a exigir una autorización previa a un ciudadano para recibir un tratamiento en el extranjero, salvo en el caso de que sea una consulta médica que no requiera hospitalización ni uso de tecnología sofisticada ni tampoco de tratamientos experimentales.

Cuando un residente extranjero, como un jubilado alemán en España, quiera someterse a una intervención médica en su país de origen, será ese estado (Alemania) y no el de residencia el que asuma el coste del tratamiento, al revés de lo previsto en el proyecto inicial de la UE. España recibe por cada residente comunitario 2.800 euros anuales de su país de origen para compensar el coste de atención sanitaria de esa persona.