Con la normativa actualmente en vigor, la prohibición de la publicidad y patrocinio de los productos del tabaco afecta sólo a la televisión, tanto pública como privada, y a la radio pública. Con la nueva ley, la prohibición se extiende a toda clase de publicidad, promoción y patrocinio del tabaco en todos los medios, incluidos los servicios de la sociedad de la información. Las publicaciones destinadas a los profesionales del sector serán la única salvedad.

Con el objetivo de cortar "un claro elemento de inducción al consumo entre niños y jóvenes", el veto incluye todo tipo de promoción y regalo, así como el uso de productos con nombres, marcas, símbolos o cualquier distintivo ya usado para anunciar tabaco u otros productos de la misma empresa.

La ley fija la mayor sanción para los infractores de este prohibición: de 10.000 a 600.000 euros. Además, serán sancionados con el doble de los beneficios obtenidos.