El Juzgado de Primera Instancia número 38 de Madrid ha desestimado la demanda interpuesta por el exministro Francisco Alvarez-Cascos y su compañera María Porto contra Tele 5, la productora Atlas y el director del programa Aquí hay tomate por la emisión de un reportaje. En esta información, emitida por la cadena privada el 7 de enero del 2004, aparecía la pareja con sus hijos en Lanzarote. También ayer, el Tribunal Constitucional informó de su rechazo de amparo a la fallecida periodista Encarna Sánchez, una solicitud realizada por sus herederos.

NO HUBO INTROMISION

Alvarez-Cascos Porto reclamaban a Tele 5 1.200.000 euros "por los daños morales infligidos". Según informó la cadena, la sentencia absuelve a los demandados de los cargos de intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y condena a la pareja al pago de las costas.

La sentencia añade que "la relevancia pública por razón de su cargo justifica la curiosidad, sin que en el programa se contenga nada de descrédito ni menoscabo en la fama de los demandantes". El juez aclara que Cascos "era entonces persona destacada del PP, partido que viene propugnando ante los electores y la sociedad la defensa monolítica del matrimonio" en su programa electoral.

En el caso de Encarna Sánchez, el Tribunal Constitucional considera que la fallecida periodista de la COPE hizo un uso "incorrecto" de las libertades informativas, y lesionó el derecho al honor de dos militares durante la emisión de una entrevista. El alto tribunal reprocha a Sánchez que no investigara sobre una noticia a la que atribuyó veracidad y que después resultó ser falsa, y que se posicionara a favor del entrevistado desmarcándose de lo que es un reportaje neutral. Los hechos se remontan a marzo de 1989, cuando Sánchez entrevistó al militar G. S., a su madre, a su novia y a su abogado. El militar denunció haber sido víctima de abusos sexuales por parte de un coronel y un capitán en su servicio militar. La denuncia fue archivada por falta de pruebas, pero el coronel y el capitán entendieron que la entrevista constituía una intromisión en su derecho al honor y presentaron una demanda. El Supremo acordó que la periodista y G. S. pagaran 10 millones de pesetas a cada uno de los dos mandos. El fallo fue recurrido ante el Constitucional por los herederos de Sánchez.