El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 10 años y medio de prisión a Rogelio Rengel Mercadé, exadministrador de los bienes del periodista Luis del Olmo, por desviar más de 14 millones de euros, mediante apuntes contables falsos, de dos sociedades del periodista entre 2005 y 2011.

El tribunal también confirma que pague a Del Olmo una indemnización, en concepto de responsabilidad civil, de 14.380.793 euros. A otros perjudicados les indemnizará con 678.671. La Sala Segunda desestima en su totalidad el recurso de casación interpuesto por Rengel y la sociedad que administraba, Asteya contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona.

Rogelio Rengel, por la amistad que tenía con Luis del Olmo y su familia, empezó a administrar parte de sus bienes y sus ingresos como periodista. Para ello Del Olmo le encargó la gestión de las sociedades Producciones Lumer y Sociedad Profesional del Periodismo.

Como mínimo desde 2005, Rogelio Rengel “empezó a desviar fondos de ambas sociedades”, haciendo constar en su contabilidad datos que no se correspondían con la realidad, como inversiones que en la práctica no se realizaron. Hasta 2011, cuando fue descubierto, hizo suyos 14 millones de euros, mientras realizaba otras operaciones con dinero de familiares, con el aparente fin de invertirlos.

SIN REPARACIÓN DEL DAÑO

Según el Supremo, se trata “de una alteración de toda la estructura contable de ambas entidades, sancionada por el artículo 290 del Código Penal. Nada de lo reflejado en sus libros se ajustaba a la realidad. La conducta del acusado iba mucho más allá de la creación falsaria encaminada al autoencubrimiento de una u otra operación ejecutada en su exclusivo lucro”.

Los magistrados no consideran suficiente para aplicarle la atenuante de reparación del daño el haber puesto a disposición de los perjudicados su patrimonio, una lista de bienes y haber ingresado 37.127,57 euros en un plan de pensiones para satisfacer deudas con personas de su confianza, porque para compensar un delito de apropiación indebida la reaparación debe "cuando menos, transmitir al perjudicado la sensación de que las consecuencias del delito se han visto neutralizadas o, al menos, sensiblemente aminoradas".