El Tribunal Supremo ha condenado a Tele 5 a pagar una indemnización de 30.000 euros a la tonadillera Isabel Pantoja por los comentarios sobre su orientación sexual vertidos en el programa A tu lado , que se emitió el 8 de enero del 2004. Los magistrados de la sala de lo Civil del Tribunal Supremo concluyen en la sentencia, que se hizo pública ayer, que las expresiones utilizadas en el espacio vulneraron el derecho a la intimidad de la cantante.

Sin embargo, el tribunal entiende que la cadena privada no vulneró el derecho al honor de la tonadillera, razón por la que rebaja a la mitad la cuantía de la indemnización, que inicialmente había sido fijada en 60.000 euros por la Audiencia Provincial de Madrid. Pantoja se querelló contra Tele 5 después de que el colaborador del magacín Idelfonso Peral Gil hiciera varios comentarios sobre su condición sexual y sobre aspectos íntimos de su vida familiar y profesional. La tonadillera solicitaba en su demanda una cuantía superior --de 300.000 euros-- al entender que los comentarios le habían provocado "un daño moral gravísimo".

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Alcobendas (Madrid) dio la razón a Pantoja en una sentencia hecha pública el 16 de noviembre del 2004, confirmada por la Audiencia Provincial de Madrid. La sentencia de ayer rebaja a la mitad la cuantía al entender que los comentarios no se hicieron con ánimo "burlesco y ofensivo".