La lista negra de poblaciones que incumplen la directiva europea sobre vertidos de aguas residuales, que obliga a depurar estas aguas a partir de enero del 2006, incluye a medio centenar de municipios extremeños. Son poblaciones que no pueden acometer el coste de estación de tratamiento y que aún no han sido incorporados a los planes de obras de la Junta o las confederaciones hidrográficas.

A estos municipios es a los que se enfoca el plan de inversiones de Medio Ambiente. A estos y a otros casos, como el de Badajoz y Almendralejo, también en la lista negra pero no porque no cuenten con depuradora, sino porque dispone de capacidad suficiente para limpiar todas las aguas residuales que se generan.

Ahora el plazo del nuevo programa abarca hasta el 2015, lo que puede suponer que la UE sancione a España por incumplimiento de la norma, ya que los ríos continuarían recibiendo vertidos urbanos e industriales sin control.

El "caso Medellín"

Aún sin estar incluido en esta lista de incumplimientos, llama la atención el caso que se ha producido en Medellín. Año tras año, la UE incluye el tramo del Guadiana que pasa por esta población entre las zonas no aptas para el baño.

Harto de esta situación, en el 2004 el Ayuntamiento de Medellín instó a la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) a resolver el problema, originado por la escasa capacidad de la depuradora de Don Benito-Villanueva. Al no recibir respuesta, en abril del 2005 hizo un nuevo requerimiento, y, visto el resultado, en junio planteó un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) contra la CHG por su inactividad.

La respuesta en el pleito que ofreció el abogado de CHG no deja de ser curiosa. Por un lado, admitió que la Confederación había adoptado medidas correctoras "que no han tenido los resultados apetecidos", lo que, a su juicio, desmentía la acusación de inactividad. Por otro, señaló, según reza la sentencia, que "los bañistas pueden bañarse en las piscinas municipales, de menor coste, pudiendo ser más interesante económicamente el vertido a los ríos".

En el fallo judicial se revela que el Comisario de Aguas de la UE propuso en el 2004 que los ayuntamientos de Don Benito y Villanueva evitasen la incorporación de vertidos industriales a la red de saneamiento de estas localidades, porque impedían que la depuradora funcionase adecuadamente.

Más adelante, el mismo comisario propuso medidas legales contra ambos consistorios. Además, citaba que las empresas Alsat, Carcesa y Transa debían ver limitada su capacidad para realizar vertidos a la red de saneamiento de Don Benito, puesto que generaban excesos de caudal en la estación de tratamiento de residuales, al menos hasta que se ampliase la capacidad de la depuradora.

Sin embargo, el TSJEx terminaba, según fallo de marzo pasado, desestimando la petición del Ayuntamiento de Medellín. El argumento para esta decisión es que la obligación a la que se refería la demanda no era concreta ni tenía un plazo legal, sino que se trataba de obligaciones legales genéricas cuyas medidas precisas de ejecución son competencia de CHG. La única salida sería realizar denuncias concretas contra vertidos concretos.