El fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, coordinó ayer la respuesta penal contra la huelga salvaje de los controladores. Los huelguistas tienen pendientes dos procesos: uno en la justicia ordinaria y otro en la militar. La fiscalía de Madrid, la de Barcelona y las de otras autonomías abrieron ayer unas diligencias previas contra los controladores por un delito de sedición y la justicia militar está preparada para aplicar su legislación a los huelguistas que no obedezcan las órdenes de las autoridades militares que han tomado el control del espacio aéreo.

La respuesta penal al chantaje de los controladores se ha dividido en dos etapas. La fiscalía decidió, el pasado viernes, aplicar el código penal de la navegación aérea a los huelguistas que abandonaron su puesto de trabajo esa tarde. Los fiscales abrieron un proceso por un delito de sedición previsto en el artículo 20 de esta norma, que data de 1964 y acarrea penas de hasta ocho años de cárcel. El fiscal general del Estado autorizó a sus subordinados a ordenar la detención e ingreso en prisión de los implicados, pero finalmente la medida se dejó en suspenso para evitar males mayores. "No quisimos arriesgarnos a que decidieran volver al trabajo y no pudieran hacerlo porque estaban detenidos", explicaron fuentes fiscales. Por ello, no trasladaron las diligencias al juzgado. Sin embargo, esta situación puede cambiar a partir del próximo jueves, cuando empiecen a declarar los controladores ante la fiscalía. Si los fiscales consideran que alguno de ellos debe ingresar en prisión, quedar en libertad con fianza o que se les retire el pasaporte, tendrán que acudir al juez para que dicte esas medidas.

Sin embargo, después de que el Gobierno decretase el estado de alarma, los controladores fueron asimilados a los militares en base al artículo 8.5 del código penal militar. Y quedaron sometidos a la autoridad militar. Por ello, si no cumplen las órdenes serán imputados por desobediencia, un delito castigado con penas que oscilan entre los tres meses y un día hasta los seis años de prisión.

Además, su condición accidental de militares implica la pérdida de sus derechos laborales y sindicales. No pueden alegar ningún motivo para incumplir una orden militar. Es una situación de "emergencia nacional", y tendrán que obedecer los horarios y los turnos que les impongan los mandos militares. Si no acatan las órdenes, serán detenidos y puestos a disposición de los juzgados togados militares.