El delito de revelación y descubrimiento de secretos ha permanecido desde el momento de la primera detención de David Crejo en octubre del año 2004, pero las penas y las cifras de indemnización varían de lo solicitado a lo reflejado por el juez. Así, el abogado Angel Acedo pedía 9 años de cárcel y 120.000 euros por daños morales (la sentencia fija 100.000); la exedil Gloria Constantino también pedía 9 años, pero 150.000 euros de indemnización (se han fijado 100.000); y la procuradora María del Mar Pérez de las Heras, 6 años y 6 meses de cárcel, y 250.000 euros (se establecen 120.000).

La sentencia relata las "contradicciones" del acusado. En las primeras, asegura, el día de su detención el 15 de octubre del 2004, Crejo declara ante la Guardia Civil y ante el juez del juzgado número 4 de Mérida que esas fotografías de caracter sexual estaban en una carpeta y que "las grabó en un CDrom, se lo llevó a casa y lo escondió", y que lo hizo por "despecho" porque Acedo "no es lo que parece". Sin embargo, en el juicio oral se desdice y niega que halla visto las fotos, y que lo que dijo lo hizo por presión policial y mediática, y por miedo a que le pudiera suceder algo a su familia.