El artículo 15 prohíbe sin matices consumir alcohol en cualquier vía o zona pública, salvo en donde los ayuntamientos lo digan. Además, los gobiernos locales tendrán que velar porque las zonas autorizadas no impidan el descanso de los vecinos. También habrá permisos excepcionales para terrazas de verano, ferias y fiestas patronales.

Quien incumpla este precepto será multado con entre 300 y 30.000 euros. Si es menor, puede sustituir la multa por trabajos en beneficio de la comunidad. Caso de que no acepte la alternativa, los padres tendrán que pagar.

La primera redacción de la ley permitía beber en zonas públicas a 125 metros de las viviendas, pero esta disposición se eliminó. El PP, por su parte, pretendía un término medio: que se pudiese beber a 300 metros de las casas.