El informe emitido por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) que da el visto a que la Central Nuclear de Almaraz prolongue su actividad hasta el año 2020 contiene trece límites y condiciones a los que quedará sometido el funcionamiento de la instalación en este periodo y cuyo cumplimiento vigilará el propio consejo. Además, se incluyen 17 Instrucciones Técnicas Complementarias. Las modificaciones más importantes que se requieren a la central nuclear son estas.

Instalar un nuevo panel de parada alternativo

El CSN exige la instalación y puesta en servicio, para cada una de las unidades de la central, de un nuevo panel de parada alternativo, exterior a la sala de control. El objetivo es potenciar las garantías de parada segura de la central en caso de incendio en la sala de control. Esta modificación, que el CSN califica "de gran alcance", deberá estar implantada antes de acabar el 2013 en la Unidad II y antes de finalizar el 2014 en la Unidad I. Igualmente, se requieren modificaciones en el sistema de protección contra incendios, para disponer de un sistema de categoría sísmica en aquellas áreas relacionadas con la parada segura de la central (también antes de acabar el 2013).

Cambios para evitar sucesos como el de Ascó

Otra de las condiciones impuestas es la instalación, para cada unidad, de ventilación y filtrado redundante en el edificio de combustible. Esta exigencia viene como consecuencia, principalmente, "de las lecciones aprendidas del suceso de liberación de partículas radiactivas en la central de Ascó en el 2007", se explica. Esta modificación, considerada también de gran alcance, deberá estar implantada antes del 2015. Igualmente, se requieren otras modificaciones complementarias en los sistemas de ventilación y filtrado de los edificios de la central, cuya implantación tendrá esa misma fecha tope.

Modificaciones en los sistemas eléctricos de la central

La condición número doce requerida a la CNA incluye varios aspectos: modificaciones en los sistemas eléctricos y de instrumentación de la central para asegurar la independencia y separación física de trazados, circuitos y cables eléctricos (plazo hasta el 31 de diciembre del 2014); modificaciones en la sala de control para incluir la selección automática de toma de aire exterior de menor radiación en caso de emergencia real (plazo de la recarga del 2011 para la Unidad I y del 2012 para la Unidad II); modificaciones para la mejora de la protección y vigilancia del sistema de suministro eléctrico de 125 voltios de corriente continua (límite en las recargas 2012); e instalación de pararrayos adicionales en algunos edificios, y de las correspondientes conexiones a tierra, para reforzar la protección frente a descargas atmosféricas (plazo 31 de diciembre del 2012).

17 Instrucciones Técnicas complementarias

El informe del CSN establece asimismo 17 instrucciones técnicas complementarias (ITC) asociadas a la renovación de la autorización. Las ITC desarrollan las condiciones de la autorización, en particular las relativas a las modificaciones más importantes, y requieren asimismo acciones adicionales. Esto obligará, entre otros aspectos, a nuevos programas de mejora, referidos a las bases de diseño del emplazamiento, la instrumentación del circuito primario, los sumideros de contención y la capacidad de gestión de accidentes severos. También habrá que emprender actuaciones en relación con nuevos requisitos normativos en materia de vigilancia meteorológica, refrigeración de la piscina de combustible gastado, detección y control de gases combustibles en contención, estanqueidad de líneas que atraviesan la contención, y del sistema de tratamiento de residuos radiactivos sólidos.