La ley se aprobó el 14 de diciembre del 2006 y entró en vigor el 9 de diciembre, pero no comenzó a aplicarse hasta mayo del 2007 porque necesitaba un desarrollo legislativo, una serie de reales decretos para que fuera efectiva. "Para que se pudiera evaluar a la gente era necesario el real decreto de baremo, para saber los niveles era necesario un real decreto de niveles de protección, había que regular todos los procedimientos de solicitudes de las comunidades... y todo ello hizo que el arranque efectivo de la ley no se produjera hasta mayo del 2007", reconoce el director general de atención a la dependencia de la Junta.

Se trata de una ley progresiva, pues establece que los distintos grados y niveles de dependencia se irán incorporando de forma progresiva, desde el 2007 hasta el 2015, pero bajo su cobertura hay ya dos niveles, el de la gran dependencia y el de la dependencia severa.

Es una ley de servicio. Al ciudadano se le garantiza el derecho a través de un servicio --residencia, centro de día, de noche, ayuda a domicilio, teleasistencia...--, y de no ser este posible se dará una prestación económica. Esta tiene tres tipologías: prestación económica vinculada al servicio, en la que la Administración da dinero al ciudadano para que compre el servicio en el sector privado; de cuidado en el entorno familiar, dotando de una cantidad mensual y alta en la seguridad social al cuidador; y prestación económica para el asistente personal, un cuidador profesional, no un familiar como en el caso anterior.