En España existen 14 provincias eclesiásticas, según estipula el canon 431 del Código de Derecho Canónico. Son Santiago de Compostela, Oviedo, Pamplona, Burgos, Zaragoza, Barcelona, Tarragona, Valladolid, Madrid, Toledo, Mérida-Badajoz, Granada, Valencia y Sevilla. Dentro de estas 14 divisiones provinciales están repartidas las 70 diócesis con las que cuenta el país (69 territoriales más el Arzobispado Castrense). Tanto las provincias como las diócesis están distribuidas de forma que permitan "promover una acción pastoral común entre varias diócesis comunes". Es decir, su delimitación responde más a criterios organizativos propios que a aspectos políticos, identitarios o territoriales. De hecho, no existe una total coincidencia entre la organización eclesiástica, mediante provincias y obispados, y la organización política-territorial del país, mediante comunidades autónomas y provincias.

En el concordato firmado en 1953 entre El Vaticano y el Gobierno de Franco, Roma insistió en la conveniencia de que coincidieran las divisiones. Se producen algunos cambios --la pronvicia de Toledo pierde gran parte de sus dominios en Albacete y Guadalajara--, pero los 31 pueblos de Extremadura y el Monasterio de Guadalupe siguen perteneciendo al arzobispado toledano. El riesgo de una excesiva politización a la hora de establecer los límites ha sido, sobre todo en el caso vasco, el principal motivo para que la Santa Sede haya parado la mayor parte de los intentos por reconfigurar el mapa eclesiástico español. Otras reivindicaciones similares son las de la región eclesiástica tarraconense, que ha terminado con la división en tres obispados de la diócesis de Barcelona; y los intentos de integración de las diócesis de Sevilla y Granada; y la de Burgos con Valladolid.