Dentro del extenso orden del día de la reunión del Consejo Interterritorial de Salud se incluyó un punto referido al diseño de normas comunes para regular las actividades del piercing y los tatuajes. Entre otras cuestiones, el documento señala que los establecimientos de decoración corporal sólo podrán utilizar joyas de acero quirúrgico, titanio u oro en los piercings , y que será necesario utilizar materiales esterilizados y desechables en estas técnicas.

La necesidad de regular este sector viene motivada por el auge que están tomando estas prácticas, que muchas veces se realizan en ferias y certámenes al aire libre sin ningún tipo de garantías ni cualificación de la persona que realiza los adornos, y que ha supuesto que un 17% de las personas que se someten al piercing sufran algún tipo de problemas, generalmente alergias o infecciones, sin que se tengan datos de transmisión de enfermedades víricas como el sida o la hepatitis.

La medida entraría en vigor en abril o mayo.

AMAGO DE REGULACION

Respecto a este asunto, cabe señalar que, tal y como adelantó EL PERIODICO, la Junta de Extremadura ya se planteó en su día una iniciativa de este tipo, que se plasmó en un borrador de decreto finalizado antes del pasado verano, pero que nunca llegó a ver la luz.

En este texto, se aludía a la preocupación por la "proliferación indiscriminada" de establecimientos que realizaban la decoración corporal sin que su personal contase con "una mínima formación sanitaria".

Por ello, se exigía en la norma que los locales para realizar el piercing o tatuaje estuviesen aislados del resto del establecimiento, que el material usado fuese desechable y que el personal tuviese, al menos, una formación de 20 horas en la Escuela de Ciencias de la Salud. El borrador contemplaba multas de hasta 600.000 euros por incumplir las normas.