Las amenazas y coacciones leves serán castigadas con penas de prisión de tres meses a un año de cárcel o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días. Las amenazas con armas de fuego u otros instrumentos peligrosos serán penadas con seis meses a un año de cárcel o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días. Además, los agresores perderán la custodia de sus hijos y sus permisos de armas.

También se agrava el castigo para las lesiones y se endurecen las penas cuando se incumplan las medidas dictadas para proteger a la víctima. La norma establece la creación de los juzgados de violencia sobre la mujer y la designación de un fiscal delegado para esta materia. Esos jueces dictarán las órdenes de protección para las maltratadas y resolverán las separaciones, divorcios y custodia de los hijos.