De los más de 42.000 retornados, una parte importante no ha nacido en España, pero ha adquirido la nacionalidad a través de sus padres. La legislación vigente establece que "cualquier persona cuyo padre o madre haya sido español podrán optar por la nacionalidad española". Así, cualquier español obtendrá la condición de retornado cuando tramite la baja en el consulado de su país de acogida.

Una vez que se encuentran en España, tienen derecho durante 18 meses a la ayuda al retornado, unos 330 euros mensuales.

Muchos de los españoles que regresan no realizan ninguna de estas gestiones, ya que desconocen la ayuda al retornado o que ni siquiera llegan a tramitar la baja consular.

En los Presupuestos Generales del Estado para el 2005 ha aumentado en un 14% la cantidad consignada en materia de emigración. Los programas dirigidos a los colectivos de inmigrantes retornados para el 2005 cuentan con un presupuesto estimativo de nueve millones de euros. Este importe se dedica a mejorar las pensiones asistenciales para retornados, a las ayudas para la integración sociolaboral, a las ayudas extraordinarias para retornados y personas mayores y a las subvenciones del 0,5% del IRPF.