Para el presidente del Colegio de Odontólogos de Extremadura "es fundamental" ser conscientes del grave peligro que para la salud de las personas supone el ser atendidos por quienes no sean especialistas. Por ello, insta a todos los extremeños a comunicar al colegio cualquier actuación que, siendo propia de los odontólogos y estomatólogos, haya sido o pretenda ser realizada por personas que carezcan del título necesario, para que el colegio actúe en consecuencia.

El hecho de que cada vez haya más sentencias judiciales que condenan el intrusismo profesional, ¿les hace sentir a los profesionales que están más protegidos?

--Yo creo que la protección se le da, principalmente, al paciente. Aquí puede haber un problema competencial no sólo de funciones, sino también de actividad, pero al que se protege realmente es al paciente. No negamos que también tratamos de protegernos a nosotros, pero con la tremenda explosión de personas facultadas para ejercer que últimamente se está dando, como profesionales nos da lo mismo que nos haga la competencia uno u otro, el verdadero problema es el riesgo para la salud, y debemos hacer todo lo posible para garantizar a los ciudadanos una correcta atención, que la persona que le está atendiendo está capacitada para ello.

Para el Colegio, ¿qué significa que la Audiencia Provincial haya ratificado la sentencia del Juzgado de lo Penal de Plasencia condenando a un intruso?

--Una gran satisfacción, pues la Audiencia deja claro que los odontólogos y estomatólogos son los únicos que tienen capacidad profesional para realizar el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades bucales, y que los protésicos tienen que actuar siempre conforme a las indicaciones de ellos. Se advierte, al mismo tiempo, que de no hacerlo así, los protésicos no sólo invaden competencias profesionales reservadas por Ley a los dentistas, sino que, y lo que es más grave e importante, cometen un delito tipificado y penado en el Código Penal vigente.

El caso de los protésicos intrusos queda claro, ¿y el de los sin títulos homologados?

--Para aquellos que llegan de fuera la única garantía que certifica que están cualificados y capacitados es la homologación, que no es automática, sino que está condicionada a la superación de una serie de pruebas. Quien pretenda la homologación tiene que someterse a la superación de una prueba de conjunto y, tras superarla, las autoridades españolas proceden a la concesión de la homologación.

Tiene que ser el estado español el que decrete si una persona está capacitada para el ejercicio de una profesión, más aún para una profesión en la que se puede poner en juego la salud de la persona.

¿Considera suficientes las penas con que se castiga el intrusismo profesional?

--La verdad es que con el Código Penal anterior a 1995 las penas eran bastante más fuertes, aunque actualmente la reincidencia puede conllevar pena privativa de libertad.

De todas formas, quizás sería deseable que el legislador se planteara la posibilidad de castigar con más dureza, porque en este caso concreto, en la profesión odontoestomatológica, hay que tener además en cuenta el riesgo que puede correr la salud del sujeto pasivo del delito.