Bien se trate de una gran sucursal, una academia de enseñanza de pueblo, una boutique o un dentista, toda información personal que se utilice para algún otro fin que no sea estrictamente privado debe estar correctamente protegida si se quiere evitar el riesgo de sanciones que están muy lejos de ser testimoniales. Quizás sean muchas las empresas que están incumpliendo la ley sin saberlo porque incluso felicitar el cumpleaños a un empleado podría suponer, si se hace un mal uso de esa información, un gasto de hasta 60.000 euros, y no precisamente en el regalo de aniversario.

Las penalizaciones económicas reguladas en la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) oscilan entre los 600 y los 600.000 euros, en función de la gravedad del incumplimiento de la norma que se haya cometido. Mientras ajustarse a la legislación, dependiendo de la magnitud de la empresa, supone un desembolso menor. El pequeño comercio puede estar al día por menos de 300 euros y una pyme por poco más de 600 euros, explican desde la empresa Sigma Data Security Consulting, la primera consultoría especializada en protección de datos en la región.

Entre las infracciones leves figuran no atender la solicitud de rectificación o cancelación de los datos personales; no pedir la inscripción del fichero de datos de carácter personal en el Registro General de Protección de Datos, cuando no sea constitutivo de infracción grave; o recoger datos de carácter personal de los propios afectados sin proporcionarles la información que señala la ley.

Por otra parte, es un incumplimiento grave mantener datos de carácter personal inexactos o la vulneración del deber de guardar secreto. Mientras, la norma considera faltas muy graves la recogida de datos en forma engañosa y fraudulenta, así como no atender de forma sistemática el deber legal de notificación de la inclusión de datos de carácter personal en un fichero, y la comunicación o cesión de los datos de carácter personal fuera de los casos en que estén permitidas.

Los expertos alertan de que las sanciones son acumulativas, de modo que en el caso más favorable, una empresa se arriesga a ser multada con 600 euros por cada uno de los siguientes conceptos: no inscribir el fichero; no informar en la recogida o no atender el ejercicio de derechos.

Durante el 2008, los últimos datos disponibles, se impusieron tres sanciones en la región, pero el presidente de Adatex, José M Palacino, conoce otros casos. "No hace mucho encontramos documentos de una empresa tirados en un contenedor, no quisimos hacerles daño, pero eso es sancionable porque la información que no es válida hay que destruirla, y así se lo hicimos saber".